Nos hemos visto obligados a escribir este post sobre algunos bulos y mentiras que se están difundiendo sobre el nuevo Reglamento de protección de datos tras comprobar que además de mal informando, se está intentando sembrar miedo, inseguridad e incertidumbre entre las empresas y autónomos.

Estamos en contacto continuo con profesionales y empresas que se dedican al igual que nosotros al asesoramiento en protección de datos y privacidad y absolutamente todos están contribuyendo a asesorar y ayudar a empresas, entidades y autónomos a adaptarse a los nuevos cambios y que sus clientes tomen las medidas oportunas y necesarias para adaptarse a esta nueva normativa en protección de datos, pero en cambio por otro lado, nos estamos encontrando a otros “profesionales” o más bien “aprovechados” que con la excusa del nuevo Reglamento en protección de datos para arrancar un puñado de clientes lo hacen de la manera más ruin a nuestra manera de ver, y es sembrando miedo y afirmando bulos como los que queremos compartir aquí, ya que, son cuestiones que afirman estos supuestos asesores de protección de datos a autónomos, entidades y empresas, algunos de ellos clientes nuestros.

Bulos como los siguientes:

El Reglamento Europeo elimina la Ley Orgánica de protección de datos, algo que es absolutamente incierto, ya que, un Reglamento Europeo no puede sustituir una Ley en nuestro ordenamiento jurídico, la Ley Orgánica de Protección de datos de 1999 que está en vigor y seguirá siendo aplicable el 25 de mayo, será sustituida cuando se apruebe, publique y haga efectiva la nueva ley de protección de datos que está pendiente de aprobación entendemos que en los próximos meses y de la que solo conocemos un Anteproyecto de ley.

Si no registras los ficheros en la Agencia Europea puedes ser sancionado con millones de euros, algo que es sorprendente, ya que, primero no existe una Agencia Europea de protección de datos y segundo el Reglamento Europeo elimina la obligatoriedad de inscribir los ficheros en la Agencia Española de protección de datos, por lo tanto, esa afirmación no solo no es cierta sino que es incongruente.

Tienes que tener un Delegado de protección de datos tal y como exige el nuevo Reglamento Europeo de Protección de datos, en este caso esta nueva figura sí que es obligatoria en empresas con datos sensibles, pero decirle esto a una peluquería que como mucho tiene un nombre y un teléfono o un bar es poco menos que cruel, ya que, asusta y siembra miedo entre dichas empresas, cuando nos llamaron pidiendo un Delegado de protección de datos para sus empresas porque les habían asegurado que si no lo tenían podían ser sancionados… nos planteamos seriamente compartir este post.

Ahora cuando denuncies ante la Agencia Española de protección de datos a un empresa, entidad, … además de conseguir que le sancionen también tendrás una indemnización económica, esta ha sido la última de la que me han informado unos clientes y me ha parecido simplemente ya fuera de lo normal. ¿cómo se puede intentar captar clientes afirmándoles que cualquiera que pase por la calle les puede denunciar por incumplir la LOPD y que como consecuencia de denunciar podrán cobrar? Les invito a que me digan en qué artículo del reglamento Europeo dice eso.

Tienes que hacer un curso de protección de datos que además es bonificable y con eso y un certificado ya estarás cumpliendo con el nuevo Reglamento, en este tema, poco más que añadir, ya que, es como decir que con que realices un curso de nóminas y otro de contabilidad ya estás presentando correctamente los Seguros Sociales de tus trabajadores y los impuestos trimestralmente, además me pregunto ¿cómo se lo bonificarán a un autónomo que no tiene trabajadores? Si alguien lo sabe….

Te llamamos de parte de la Seguridad Social y hemos comprobado que no has tomado las medidas oportunas sobre el nuevo Reglamento Europeo y nos vemos obligados a informarte que puedes ser sancionado con cuantiosas multas además de realizarte una inspección de trabajo. Este caso además le ha ocurrido a un familiar mio, por lo que lógicamente nos llamaron de inmediato, pero el miedo y la incertidumbre durante unos minutos no se la quita nadie.

Pues bien, hemos querido escribir este post porque aunque este nuevo Reglamento Europeo de protección de datos supone importantes cambios para las empresas, especialmente para las empresas con datos sensibles, no queremos sembrar miedo, incertidumbre e inseguridad entre empresas y profesionales tanto clientes como no clientes, llevamos 10 años dedicándonos a asesorar a empresas, asociaciones y autónomos para que cumplan con la seguridad de los datos personales de sus clientes, proveedores, colaboradores y empleados, y vamos a seguir haciéndolo pero acompañados de confianza, seguridad y fiabilidad.

Por ello las próximas semanas hemos organizado junto a varios Colegios Profesionales de Castellón con los que colaboramos varias jornadas informativas sobre el nuevo Reglamento de protección de datos, el 8 de mayo junto al Colegio Oficial de Apis de Castellón en su sede a las 18h, el 15 de mayo en el Colegio Oficial de Médicos de Castellón a las 19:30 y el 17 de mayo en el Colegio Oficial de enfermeros de Castellón a las 10h.

Si necesitas información sobre esta nueva normativa o te surgen algunas dudas, contáctanos vía mail a info@cuatronoventa.com o a través del 686035791

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